El recurso ante un juez de la denegación de nuestra solicitud, es una opción muy recomendable si tenemos la certeza de que la administración no ha resuelto conforme a los requisitos de la Ley de Extranjería y su reglamento.
Es la propia Constitución Española, la que en su artículo 106.1 nos garantiza el derecho a que las administraciones actúen dentro de la legalidad vigente, a través de la Ley Orgánica 29/1998.
En nuestro despacho, estudiamos individualizadamente caso por caso para que nuestros clientes conozcan de antemano las posibilidades de éxito en caso de elegir esta vía.