Cuando los padres de un niño que nace en España pertenecen a países, que no reconocen la nacionalidad de los hijos nacidos fuera de sus territorios, para evitar que estos niños sean apátridas, el Estado español les da, con valor de simple presunción, la nacionalidad Española.
Este procedimiento consta de los siguientes pasos:
- Estudio de las circunstancias personales del cliente.
- Asesoramiento acerca de los trámites previos y documentación a reunir.
- Redacción de las solicitudes para su firma y presentación por el cliente ante las distintas administraciones.
- Solicitud para recibir en el despacho cuantas notificaciones se deriven del procedimiento para su valoración y comunicación con el cliente.